Adopciones monoparentales de niños y niñas con «necesidades especiales»: entre el déficit y el empoderamiento

Las políticas y prácticas adoptivas establecen explícita y tácitamente un emparejamiento entre niños y solicitantes con determinadas características. En el caso de las adopciones monoparentales de niños mayores o con otras necesidades especiales, ambas partes suelen ubicarse desde un inicio en una posición de menor prioridad. A partir de los resultados de dos investigaciones cualitativas realizadas en Chile y España con adoptantes monoparentales, analizamos sus heterogéneas motivaciones y preferencias respecto de los perfiles de los niños que esperan adoptar y las estrategias que desarrollan frente a los criterios técnicos, los discursos y las intervenciones profesionales, especialmente en los procesos de evaluación de idoneidad y asignación. Discutimos la necesidad de desarrollar enfoques, criterios e intervenciones centrados en las capacidades y los recursos de sujetos que son a priori considerados más vulnerables o estigmatizados en los procesos adoptivos, así como la necesidad y obligación política e institucional en la provisión de apoyos y recursos de acompañamiento en la fase pre y postadoptiva.

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El interés superior del niño y de la niña. El debate ideológico a través de las denominaciones: ¿niño/niña o ¿menor?

Los diferentes paradigmas de la atención y protección a la infancia, unos de tipo garantista y otros de tipo paternalista (herederos del correccionalismo y del modelo tutelar), han encontrado en el principio del Interés superior del niño y la niña y de su bienestar, el espacio para sostener un importante debate, mucho más intenso y fecundo en Latinoamérica, de gran trascendencia ideológica, basándose en sus diferentes discursos y prácticas.

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Manual| Acompañando las heridas del alma. Trauma en la infancia y adolescencia

Los niños, niñas y adolescentes sin cuidado parental o en riesgo de perderlo han sufrido muchas situaciones adversas antes de que se les atienda. Para cuando llegan a modalidades de cuidado alternativo o a proyectos de fortalecimiento comunitario han vivido y a muchas experiencias difíciles: llegan con profundas heridas en el alma. Es necesario que las figuras profesionales (quienes proporcionan el cuidado directo, quienes ofrecen apoyo técnico, quienes dirigen las estructuras organizacionales) tengan una comprensión clara de qué es el trauma, cómo detectarlo y cómo intervenir.

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El interés superior del menor de edad en situación de desprotección como principio rector de la actuación de los poderes públicos

En nuestro ordenamiento jurídico, los que primariamente y por disposición constitucional resultan encargados de velar por los intereses del menor de edad son sus padres y, con carácter secundario, los poderes públicos que actúan subsidiariamente, controlando la corrección de las funciones parentales. Esta actuación subsidiaria y excepcional de los poderes públicos es la que centra el presente estudio. En concreto, se aborda el análisis del sistema de protección jurídica del menor que se encuentra en situación de riesgo o desamparo, incidiendo especialmente en el primero y más importante de los principios que han de regir la actuación de los poderes públicos en la protección de la infancia y de la adolescencia: la prevalencia del interés superior del menor (resumen en el propio documento).

Autoría: Lucía Vázquez-Pastor Jiménez
Edita: Consejo de Redacción. Boletín del Ministerio de Justicia
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Informe Anual 2018. Defensor del Menor de Andalucía

Este informe del Defensor del Menor de Andalucía, Jesús Maeztu, detalla la gestión realizada durante el pasado año en la protección de la infancia y adolescencia en Andalucía.
Cabe destacar el capítulo 2 donde recoge un resumen sobre el estado de la infancia en Andalucía a través de una descripción cuantitativa, donde se analizan parámetros relacionados con la población, la educación y la protección de la infancia y adolescencia de Andalucía. Entre ellas, señala las medidas de protección para niños, niñas y adolescentes, a 31 de diciembre de 2018: acogimiento residencial, acogimiento familiar, adopción nacional y adopción internacional.

Autoría: Defensor del Menor de Andalucía
Edita: Defensor del Menor de Andalucía
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