Revisión del acogimiento a la luz de las modificaciones legislativas en materia de protección del interés superior del menor en España
El artículo analiza la institución del acogimiento residencial, de conformidad con la configuración establecida por la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. Se pretende poner de manifiesto que, con las últimas modificaciones legislativas realizadas en materia de protección a la infancia y a la adolescencia, en España se realiza una priorización del acogimiento familiar con respecto al residencial, prescindiéndose en los supuestos de menores de 6 años de la intervención judicial y estableciéndose el residencial como un instrumento de carácter subsidiario, al igual que como una medida de carácter excepcional y provisional.
Autoría: Encarnación Abad Arenas
Edita: Revista de Derecho Privado nº 40, 2021
ACCEDE AL DOCUMENTO
0 Comments